Multa de 32,4 millones de euros a cinco petroleras por acordar los precios

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Cinco petroleras como Galp, Repsol, Cepsa, Disa y Meroil se unían para acordar precios, esto constituye en la práctica lo que se llama oligopolio, o que unas pocas empresas pacten un precio de mercado. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia la CNMC les ha impuesto una multa de 32,4 millones de euros. En Blogeconomista os contamos más sobre la noticia.

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Los oligopolios

Todos conocemos lo que es un monopolio, donde una empresa al ser la única que controla el mercado domina e impone sus precios. El oligopolio tiene relación pero en este caso al menos hay dos o más empresas que operan en un mercado reducido. En el oligopolio no se da una competencia perfecta donde los vendedores se tienen que enfrentar a la curva de demanda. En el oligopolio los vendedores no se preocupan de que otros vendedores del reducido grupo vayan a reaccionar ya que los precios se han pactado.

Los oligopolios se dan en mercados donde los vendedores pueden controlar el suministro y por lo tanto el precio. Se ofrecen entonces productos muy similares que por lo único que se diferencia es por sus logos, marcas o la publicidad, pero los precios son prácticamente los mismos.

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Los monopolios y oligopolios está prohibidos en las economías desarrolladas

  • En la Unión Europea, en Estados Unidos, en Canadá y muchos otros países estas prácticas están prohibidas, pero también es cierto que  hay determinados sectores como puede ser el de las petroleras, empresas que crean software para PC donde al no existir mucha competencia y ser solo pocos los que venden se pueden poner de acuerdo entre ellos para acordar un precio y de esta forma beneficiarse. Esto es de facto un oligopolio.

Multa de 32,4 millones de euros a cinco petroleras por acordar los precios

En este contexto la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha impuesto una multa de 32,4 millones de euros a cinco petroleras que venden en España: Repsol, Disa, Cepsa, Galp, y Meroil por pactar los precios.

Se ha anunciado en una nota de la CNMC donde destaca que buscan la mayor transparencia informativa que responde no solo al mandato legal de la Ley 3/2013, también al convencimiento de que todos estos temas relacionados con el organismo es un instrumento para el buen funcionamiento de todos los sectores económicos. Destaca esta nota informativa que la Ley impone determinadas cautelas que es preciso respetar en los expedientes tratados por la CNMC para no perjudicar a las empresas o particulares interesados.

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El motivo de las multas a las petroleras

Se han acreditado infracciones del artículo 1 de la ley 15/2007 de 3 de julio de Defensa de la Competencia, así como del artículoo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que consisten en los siguientes acuerdos e intercambios de información entre los competidores:

  • 1- Acuerdo entre REPSOL y CEPSA para la coordinación en las Estaciones de Servicio de Brea de Aragón e Illueca (provincia de Zaragoza) en julio del 2013. Un pacto de no agresión entre REPSOL y Cepsa en julio y agosto del 2011 en relación con las accione de injerencia de cada una de ellas en las estaciones abanderadas por la otra. Además de varios intercambios de información estratégica entre CEPSA y REPSOL durante el 2011, 2012 y 2013 —en relación a aquellas estaciones de servicio que son gestionadas por una de ellas y se encuentran abanderadas y suministradas en exclusiva por la otra operadora—.

  • 2-Pacto de no agresión en precios entre CEPSA Y DISA entre julio y septiembre del 2011 y acuerdo entre ambas compañías en relación a los precios a aplicar en Ceuta en julio del 2013.

  • 3-Diversos intercambios de información entre MEROIL y DISA en el 2012 en relación a los precios aplicados en las estaciones de servicio del entorno de Sant Jon Despí en la provincia de Barcelona y en el 2013 en relación a sus márgenes operativos.

  • 4-Un intercambio de información entre GALP y MEROIL relativo a un contrato de suministro y abanderamiento en mayo del 2013.

En consecuencia las multas impuestas por la CNMC a 25 de febrero del 2015 son:

  • A REPSOL, S.A: 20 millones de €

  • A la compañía Española de Petróleos, S.A.U (CEPSA): 10 millones de €

  • A DISA Corporación Petrolífera, S.A: 1,3 millones de €

  • A GALP Energia España, S.A: 800.000 €

  • A MEROIL, S.A : 300.000 €

La Resolución recién aprobada se corresponde con el expediente S/0473/13. La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

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Fuente|http://www.cnmc.es/

Fotos|www.cnmc.es/

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