Despido improcedente es el que se produce cuando el empresario NO demuestra el incumplimiento laboral por parte del trabajador o cuando el despido no cumple los requisitos formales, por ejemplo, cuando la notificación no cumple las leyes.
El artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores recoge que cuando el despido es improcedente, el empresario tiene la opción de readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o a elección del empresario, a que le abone una indemnización de 33 días de salario por año de servicio hasta un máximo de 42 mensualidades.
Estos 33 días son desde la Reforma laboral (antes eran 45 días). De hecho, ya los contratos de fomento de la contratación indefinida, que se crearon a finales de los años 90, tenían una indemnización de 33 días por año trabajado. Si el empresario no opta por readmitir al trabajador o indemnizarlo, se entiende que procede la primera.
Si no hay acuerdo entre trabajador y empresario
Cuando el trabajador ha recurrido a la Justicia para dirimir el problema laboral, y el fallo de la sentencia dé la razón al empleado, el empresario también debe abonar una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de peribir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declare la improcedencia.
El trabajador es representante legal o sindical
Si el empleado es representante legal o sindical de los trabajadores, la opción de decidir entre la readmisión o cobrar la indemnización, ya no es del empresario sino del empleado.
Cuando se condena al empresario
Si el despido es declarado improcedente sólo por incumplimiento de los requisitos de forma establecidos y se hubiera optado por la readmisión podrá efectuarse un nuevo despido en el plazo de 7 días desde la notificación de la sentencia. Dicho despido será uno nuevo y no será una subsananación del anterior despido.
En el caso de que el empresario no notifique por escrito el despido y comunique la extinción laboral por medio de viva voz, es decir, se lo comunica verbalmente al empleado y le dice al trabajador que no venga a trabajar o le permite ir al lugar de trabajo acceso a su puesto de trabajo, este despido no es legal. El despido irregular tiene todas las de perder cuando el empleado acude a los tribunales y lo más seguro es que el empresario lo único que haga es retrasar el pago de la indemnización que le debe pagar al empleado por ley.
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Originally posted 2011-03-28 08:32:01.